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Dónde está el registro oficial de los médicos en Guatemala

Actualizada el 4 de octubre de 2026 Para doctores

El registro oficial de los médicos en Guatemala es el Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala. Los datos los declara el propio profesional y se muestran con la etiqueta «Reg. declarado». Podés comprobarlo directamente con el Colegio.

Información general con fuentes públicas. No reemplaza la asesoría de un profesional para tu caso.

Qué declara el profesional en CasaProfesional

Los datos los declara el propio profesional y se muestran con la etiqueta «Reg. declarado». En el perfil de un médico, ese dato es su número de colegiado.

Cuál es el registro oficial

El registro oficial de los médicos en Guatemala es el Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala. Su sitio oficial está entre las fuentes de esta guía.

Con quién podés comprobarlo

Podés comprobarlo directamente con el Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala.

Lo que CasaProfesional no hace

CasaProfesional no verifica ni certifica credenciales.

Orientación preparada con las fuentes oficiales citadas en esta guía, consultadas el 4 de octubre de 2026. Para un caso concreto, quien responde es el Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala.

Si ejercés medicina en Guatemala, tu perfil básico en CasaProfesional es gratis: entrá a /gt/publicar y declará tu número de colegiado, que se muestra con la etiqueta «Reg. declarado».

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el registro oficial de los médicos en Guatemala?
El registro oficial de los médicos en Guatemala es el Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala. Podés comprobarlo directamente con el Colegio.
¿CasaProfesional confirma la colegiación de los médicos que publica?
No. Los datos los declara el propio profesional y se muestran con la etiqueta «Reg. declarado». CasaProfesional no verifica ni certifica credenciales. Podés comprobarlo directamente con el Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala.

Fuentes consultadas

  1. Código de Salud, Decreto 90-97 (texto en FAOLEX) — Art. 9 f): forman parte del sector «Los Colegios Profesionales relacionados con la salud en lo que respecta a la regulación del ejercicio profesional». Art. 157: «Le corresponde al Ministerio de Salud, autorizar y supervisar el funcionamiento de establecimientos de atención para la salud públicos y privados». (Consultada el 4 de octubre de 2026)

  2. Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, Decreto 72-2001 (USAC, Sistema Regulatorio RRHH Salud) — Art. 1: «La colegiación de los profesionales universitarios es obligatoria»; el ejercicio legal de la profesión lo autoriza el colegio profesional correspondiente, mediante la colegiación. (Consultada el 4 de octubre de 2026)

  3. Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala — sitio oficial — Sitio oficial del Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala. (Consultada el 4 de octubre de 2026)

  4. Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala (modul.colegiodemedicosycirujanos.gt) — Sitio del Colegio de Médicos y Cirujanos de Guatemala. (Consultada el 4 de octubre de 2026)

  5. Nota de la Agencia Guatemalteca de Noticias (AGN, 01/03/2022) sobre las licencias sanitarias que otorga el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) por medio del DRACES — Nota de la AGN sobre las licencias sanitarias que el MSPAS otorga a los establecimientos de salud por medio del DRACES. (Consultada el 4 de octubre de 2026)

Cada fuente se consultó en la fecha que se indica. Si encontrás algo que cambió, escribinos a casa.profesionalinfo@gmail.com.

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